CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN CONSIGO MOVÍL

Estimado Socio, para poder cancelar su cuenta de la Aplicación Consigo Móvil lo invitamos a leer las siguiente políticas donde damos a conocer el proceso de baja y suspensión de cuentas.

.

CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO Y CONTRASEÑAS.– “EL SOCIO” podrá cancelar o suspender temporalmente los Servicios de Medios Electrónicos en la sucursal de su preferencia.

Si “LA COOPERATIVA”, es quien decide cancelar los Servicios de Medios Electrónicos, deberá avisarle con 30 días naturales de anticipación, por medio de avisos en su página de internet www.cooperativaconsigo.coop. y/o por cualquiera de los siguientes medios:

  1. a) Cualquiera de los Servicios de Medios Electrónicos de que se trate.
    b) Medios electrónicos como correo electrónico.
    c) Publicaciones en periódicos de amplia circulación.
    d) Colocación de avisos o carteles en los lugares abiertos al público en oficinas de “LA COOPERATIVA”.

Además, se podrán dar por cancelados sin responsabilidad para “LA COOPERATIVA”, y sin necesidad de procedimiento alguno cuando:

Servicios Móviles:

I). “EL SOCIO” deje de utilizarlo en un periodo de 6 (seis) meses consecutivos;
II). Se dé por cancelada la Cuenta de Deposito de “EL SOCIO”; y
III) De manera unilateral por parte de “LA COOPERATIVA”, notificándole a “EL SOCIO” 30 (treinta) días antes de cancelar los Servicios móviles.

Si “LA COOPERATIVA”, o “EL SOCIO” cancelan los Servicios de Medios Electrónicos o alguno de ellos, la contraseña será inhabilitada en los sistemas de “LA COOPERATIVA”. Asimismo, “EL SOCIO” dejará de recibir las notificaciones que estén asociadas a dicho Servicio.

“EL SOCIO” podrá desactivar temporalmente los Servicios de Medios Electrónicos a través de  cualquiera de las sucursales. En caso de que “EL SOCIO” requiera reactivar los Servicios de Medios Electrónicos, “EL SOCIO”, tendrá que acudir a una sucursal para llevarlo a cabo.

En caso de que “EL SOCIO” requiera reactivar sus Servicios Móviles en virtud de que cambió su dispositivo móvil, dicha reactivación la deberá realizar acudiendo a cualquier sucursal de ““LA COOPERATIVA” para efectuar tal proceso.

BLOQUEO Y SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.- El bloqueo temporal de cualquiera los Servicios de Medios Electrónicos quedará registrado en la fecha de solicitud de cancelación. “EL SOCIO” no podrá seguir operando el Servicio respectivo hasta reactivarlo nuevamente.

Por medidas de seguridad, “LA COOPERATIVA” podrá suspender temporalmente el uso de los Servicios de Medios Electrónicos o restringir la operación de la Cuenta de Deposito y/o Crédito cuando se detecte que “EL SOCIO” no ha proporcionado la información o documentación requerida por “LA COOPERATIVA” así como algún comportamiento inusual en su uso derivado de las validaciones implementadas a través de medidas de seguridad, que podrán incluir validaciones de biométricos, o bien se presuma que el “Identificador de Usuario” y/o el “Factor de Autenticación” no están siendo utilizados por “EL SOCIO” , para lo cual “LA COOPERATIVA” se lo informará a través de una llamada telefónica, o en su defecto a través de un mensaje de texto al número de teléfono celular vinculado a los Servicios de Medios Electrónicos, o bien al correo electrónico señalado por “EL SOCIO” al momento de la contratación.

.